
Una de las preguntas más comunes en derecho de familia es si al establecerse la custodia compartida se elimina automáticamente la pensión de alimentos. Muchas personas creen que al repartirse el tiempo con los hijos a partes iguales, ninguno de los progenitores está obligado a realizar pagos al otro.
Sin embargo, esta idea es errónea. Aunque en algunos casos la custodia compartida puede implicar que no haya una pensión de alimentos, en muchos otros sigue existiendo la obligación de contribuir económicamente al sostenimiento de los hijos.
¿Qué dice la ley sobre la custodia compartida y la pensión de alimentos?
El Código Civil establece en su artículo 93 que ambos progenitores deben contribuir al mantenimiento de los hijos en proporción a sus recursos económicos. Esto significa que, aunque haya una custodia compartida, si existe una diferencia significativa de ingresos, el progenitor con mayor capacidad económica puede ser obligado a pagar una pensión de alimentos.
El Tribunal Supremo, en varias sentencias, ha confirmado que la custodia compartida no exime automáticamente del pago de la pensión y que la clave está en el equilibrio económico entre los progenitores.
¿Cuándo hay que pagar pensión de alimentos en custodia compartida?
La existencia de una pensión de alimentos en custodia compartida depende de varios factores clave:
🔹 1. Diferencia de ingresos entre progenitores
Si uno de los padres tiene ingresos muy superiores al otro, podría establecerse una pensión para garantizar que el menor mantenga el mismo nivel de vida en ambos hogares.
Ejemplo:
- Padre A gana 4.000 € al mes.
- Madre B gana 1.500 € al mes.
- Aunque la custodia es compartida, el padre podría estar obligado a pagar una cantidad a la madre para equilibrar los recursos del menor.
🔹 2. Gastos ordinarios y extraordinarios
Los gastos ordinarios (alimentación, vivienda, ropa, material escolar) suelen dividirse en función de los ingresos de cada progenitor. En algunos casos, uno de los padres puede estar obligado a aportar más dinero.
Los gastos extraordinarios (médicos, dentales, actividades extraescolares) suelen abonarse al 50% o según los ingresos de cada progenitor.
🔹 3. Uso de la vivienda familiar
Si uno de los progenitores se queda con el uso de la vivienda familiar, el otro podría ser compensado con una reducción o eliminación de la pensión de alimentos.
🔹 4. Tiempo efectivo de permanencia con los hijos
Si la custodia compartida no es realmente equitativa y uno de los progenitores pasa más tiempo con los hijos o asume más gastos, se puede establecer una pensión de alimentos para compensarlo.

Jurisprudencia: Sentencias sobre custodia compartida y pensión de alimentos
El Tribunal Supremo ha reiterado en diversas ocasiones que la custodia compartida no exime automáticamente de la obligación de pagar una pensión. Algunas sentencias clave son:
📌 Sentencia del Tribunal Supremo 564/2017
🔹 Conclusión: Si existe un desequilibrio económico entre los progenitores, se puede establecer una pensión de alimentos para garantizar el bienestar del menor.
📌 Sentencia del Tribunal Supremo 55/2016
🔹 Conclusión: Aunque el tiempo de custodia sea igual, cada progenitor debe contribuir a los gastos según su capacidad económica.
¿Qué ventajas tiene la custodia compartida?
A pesar de que pueda existir una pensión de alimentos, la custodia compartida tiene numerosas ventajas:
✅ Favorece el vínculo con ambos progenitores.
✅ Reduce conflictos por la asignación de tiempos de visita.
✅ Fomenta la corresponsabilidad en la crianza.
✅ Asegura una mayor estabilidad emocional para los hijos
Conclusión: ¿Siempre hay pensión en custodia compartida?
Cada caso debe analizarse individualmente, pero la custodia compartida no exime automáticamente de la pensión de alimentos. Todo dependerá de los ingresos de cada progenitor, el reparto de gastos y la situación específica de la familia.
Si necesitas asesoramiento sobre custodia compartida, pensión de alimentos o régimen de visitas, en Vicente Muñoz Abogado podemos ayudarte. Contacta con nosotros y encontraremos la mejor solución para tu caso.
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